miércoles, 31 de julio de 2019

Malvinas y la geopolítica del Atlántico Sur


Geopolítica del Atlántico Sur

Por Emilio Luis Magnaghi (*)

Las políticas del Estado argentino deberían apuntar a anular la adjudicación a empresas británicas de 18 áreas offshore para la explotación de gas y petróleo en la Cuenca de Malvinas Oeste.

La República Argentina dispone de la octava superficie del planeta, la que se encuentra ubicada en el Cono Sur de América con una clara proyección sobre las costas y las aguas del Atlántico Sur –en donde se encuentran las Islas Malvinas, en poder de una potencia ocupante de carácter extracontinental–, pasajes marítimos que permiten la comunicación entre los océanos Atlántico y Pacífico y las rutas marítimas hacia el Continente Antártico.

Fruto de lo anterior, en esos espacios confluyen líneas de soberanía nacional plena, de actividades económicas en pleno desarrollo –la pesca– y de actividades económicas incipientes y potenciales –explotación petrolera y minera–, lo que nos obliga al diseño de una política de Estado tendiente al mejor aprovechamiento de estos recursos, a la par de su salvaguarda de actuales y de posibles depredaciones a cargo de terceros estados o de particulares.

Las propias características del sistema político argentino, en su incesante mutabilidad, han impedido que estas políticas de Estado se concreten, ya que cada una de las sucesivas administraciones que llegan al Gobierno aplica una de su elección, la que muchas veces contradice, en parte o en el todo, a la del precedente, lo que produce una lógica pérdida y dispersión de los esfuerzos. A la par que confunde a otros actores estatales y no estatales con intereses en la zona, dificultando el establecimiento de alianzas y hasta de acuerdos bilaterales con otros estados.

El problema

Nuestro problema es determinar la mejor forma del uso de los recursos naturales, especialmente de los carburíferos, que han sido objeto de permanente debate histórico.

Las posturas pueden agruparse en dos básicas: por un lado, la de aquellos sectores contrarios a la intervención del Estado en la economía y partidarios de reducir o eliminar las regulaciones para las inversiones extranjeras.

Por otro lado, los sectores que consideran que las empresas multinacionales y las inversiones extranjeras deben cumplir las leyes argentinas y son partidarios de un rol determinante del Estado en la producción petrolera.

Sería largo historiar ambas posturas, pero se puede afirmar que ambas han estado presentes en los partidos políticos mayoritarios, como la UCR y el PJ. Pero no es la finalidad de este artículo dirimir esa cuestión.

Sin embargo, la explotación petrolera y de cualquier otro tipo en áreas próximas a la denominada Cuenca Malvinas exige precauciones y consideraciones especiales, ya que la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional de 1994 expresa: “La Nación argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino".

El Gobierno nacional oficializó, en el mes en curso, la adjudicación de 18 áreas offshore para la exploración de gas y petróleo en la denominada Cuenca Malvinas Oeste. La misma se encuentra en una zona en disputa con el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ya que linda con las Islas Malvinas.

Preocupa especialmente la adjudicación de áreas de exploración a dos empresas de origen británico (Tullow Oil y Rockhopper Exploration) y de una tercera de origen noruego (Equinor), pero con vinculaciones con el consejo de gobierno isleño.

Las consecuencias

Por todo lo expuesto, se puede deducir que la aprobación de los acuerdos mencionados le permitiría a Gran Bretaña participar más activamente de lo que ya lo hace en la regulación pesquera del Atlántico Sur, a través de las denominadas Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP) que prevé dicho acuerdo.

De los dos factores explicados se deduce una consecuencia principal, cuál es reconocer, de hecho y de derecho, el carácter de Estado Ribereño a las autoridades ilegítimas impuestas por el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y que ocupan nuestras Islas Malvinas y demás dependencias del Atlántico Sur.

Un Estado Ribereño es aquel que ejerce su soberanía más allá de sus límites terrestres y de sus aguas interiores, extendiéndose al mar abierto.

Es el ejercido por un Estado que tiene costa marina lo que le otorga soberanía sobre el suelo y el subsuelo de ella, pero que además tiene plenitud de competencias para el ejercicio de los derechos de explotación de recursos, protección del medio ambiente marino, actividad de la Policía y control aduanero y de impuestos, por lo que el mencionado Estado, en ejercicio de esa soberanía, está facultado a dictar leyes y reglamentos referidos a esta zona.

La plataforma continental de la República Argentina es el lecho y subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial –12 millas náuticas– hasta el límite definido por la presentación que ese país hizo el 21 de abril de 2009 ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas (CONVEMAR) –200 millas náuticas hasta la ZEE y plataforma continental– y aceptada por esta última el 11 de marzo de 2016.

Hay que admitir que del área total reconocida, una cuarta parte, aproximadamente, se encuentra dentro de la zona de soberanía suspendida en virtud del Tratado Antártico o por la disputa con el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte por las Islas Malvinas y sus dependencias.

La CONVEMAR, en los casos en que existan disputas entre estados ribereños, establece que se sigan las normas de procedimiento de la Comisión de Límites, los que impiden que ésta analice las presentaciones sobre esas áreas, a menos que haya un acuerdo previo entre los países en disputa.

Cuando la República Argentina ratificó su ingreso a la CONVEMAR mediante la ley Nº 24.543, hizo expresa reserva con relación a la cuestión de las Islas Malvinas, reafirmando que ese tema se encuentra regido por las resoluciones específicas de la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptadas en el marco del proceso de descolonización.

En consecuencia, la Argentina manifestó que no reconoce ni reconocerá el ejercicio de ningún derecho de jurisdicción marítima de ningún otro Estado o comunidad sobre las áreas marítimas correspondientes a las Islas Malvinas, Sandwich del Sur y Georgias del Sur.

Por su parte, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en los años 2001, 2004 y 2007, elevó propuestas para efectuar una presentación conjunta con la Argentina, pero las mismas fueron rechazadas por la nuestro país en todas las ocasiones.

Por todo lo expuesto, si se admitiera al consejo isleño la posibilidad de regular tanto la exploración y la explotación hidrocarburífera como la explotación pesquera, se le estaría reconociendo una de las atribuciones principales que es propia de un Estado Ribereño.

Nuestra propuesta se orienta a realizar todas las acciones políticas, ya sean ejecutivas, legislativas y judiciales, destinadas a la anulación de la adjudicación por parte del Gobierno nacional de 18 áreas offshore para la exploración de gas y petróleo en la denominada Cuenca Malvinas Oeste a empresas de origen británico y de aquellas que dispongan de una notoria cercanía con el consejo isleño de las Islas Malvinas.

También diseñar una política de Estado destinada al cumplimiento de lo establecido en Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional, materializada especialmente en directivas para nuestro Servicio Exterior y para nuestras FF.AA. y FF.SS. Asimismo, expandir estas directivas a cualquier área del Estado nacional con vinculación directa o indirecta con responsabilidades vinculadas con cuestiones de soberanía en el Atlántico Sur.

Y también acompañar las medidas anunciadas con una correspondiente campaña de información y concientización para con la opinión pública a fin de que la misma apoye y acompañe a esta política de Estado. (Fuente : El Ciudadano)

(*) Director del Centro de Estudios Estratégicos para la Defensa Nacional Santa Romana.


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